Plan de contingencia por ceniza volcánica de los Servicios de Navegación Aérea del Ecuador


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1. INTRODUCCION

La contaminación causada por cenizas volcánicas, representa un peligro para la seguridad de las operaciones aéreas. La mitigación de los peligros ocasionados por las cenizas volcánicas en la atmósfera y/o en el aeródromo no puede hacerse en forma aislada, sino a través de la toma de decisiones en colaboración de todas las áreas técnicas involucradas, como lo son los Servicios de Información Aeronáutica (AIS) y de Meteorología Aeronáutica (MET). Durante una erupción, la contaminación volcánica puede alcanzar y superar los niveles de crucero de las aeronaves con motores de turbina en cuestión de minutos y cubrir extensas zonas geográficas en pocos días.
La presencia de cenizas volcánicas pueden ocasionar una serie de peligros, incluyendo uno o más de los enumerados a continuación:
a) Mal funcionamiento o falla de uno o más de los motores, ocasionando no sólo la reducción o pérdida total de empuje, sino también la falla de los sistemas eléctricos, neumáticos hidráulicos;
b) Bloqueo de los sensores pitot o estáticos, ocasionando indicaciones de velocidad aerodinámica no confiables y avisos erróneos;
c) Opacidad parcial o total de los parabrisas;
d) Contaminación del aire de la cabina con humo, polvo y/o sustancias químicas tóxicas que obligan a la tripulación a colocarse las máscaras de oxígeno, lo cual afecta las comunicaciones orales;
e) Erosión de los componentes externos e internos de la aeronave;
f) Enfriamiento electrónico menos eficiente, ocasionando una serie de fallas en los sistemas de la aeronave;
g) Es posible que la aeronave tenga que ser maniobrada de una manera que esté en conflicto con otras aeronaves; y
h) La caída de cenizas volcánicas en una pista puede degradar la performance de frenado de las aeronaves, más aún si las cenizas volcánicas están mojadas; y, en casos extremos, puede resultar en el cierre de las pistas.
La ceniza volcánica también puede afectar la operación de las aeronaves en los aeródromos, la caída de cenizas volcánicas en un aeródromo, aunque sea en pequeñas cantidades, puede ocasionar el cierre del aeródromo hasta que toda la ceniza depositada haya sido retirada.
En casos extremos, los aeródromos podrían quedar totalmente inoperativos provocando repercusiones en la Gestión del Tránsito Aéreo (ATM) que tendría que dirigir el tránsito de aeronaves hacia aeródromos de alternativa.

2. OBJETIVO

Establecer las acciones y procedimientos a seguir en caso de presentarse contingencias relacionadas con actividad volcánica que provoquen emisión de ceniza que afectan la operación de aeronaves ocasionando cierres temporales del espacio aéreo y restricciones en determinadas rutas y/o zonas afectadas, con la consiguiente reducción de la capacidad operativa de los servicios de tránsito aéreo.

3. ALCANCE

Aplicable a todas las posiciones operacionales del Centro de Control de Área de Guayaquil, Oficinas de Control de Aproximación y Torres de Control afectadas, Oficina de Vigilancia Meteorológica y Oficina NOTAM Internacional, así como al personal operativo que se encuentre laborando en dichas dependencias.

4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Anexo 3 - Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea Internacional
Anexo 6 - Operación de aeronaves;
Anexo 19 - Gestión de la seguridad operacional;
Doc. 4444 - Procedimientos para los servicios de navegación aérea (PANS) – Gestión del tránsito aéreo;
Doc. 9691 - Manual sobre nubes de cenizas volcánicas, materiales radiactivos y sustancias químicas tóxicas;
Doc. 9766 - Manual sobre la vigilancia de los volcanes en las aerovías internacionales - Procedimientos Operacionales y lista de puntos de contacto;
Doc. 9974 - La seguridad de vuelo y las cenizas volcánicas – Gestión de riesgos de las operaciones de vuelo en que se sabe o se pronostica que habrá contaminación por cenizas volcánicas;
LAR 153 - Operaciones de Aeródromos;
Reglamento 203 - Servicio Meteorológico Para la Navegación Aérea;
Reglamento 211 - Servicios de Tránsito Aéreo;
Reglamento 215 - Servicio de Información Aeronáutica;
Plan de Contingencia Sobre Ceniza Volcánica para la Región Sudamericana de la OACI (VACP/SAM); y
Plantilla del Plan de Contingencia sobre Cenizas Volcánicas de la Gestión del Tránsito Aéreo (ATM) elaborada por el IVATF.


5. GLOSARIO DE TÉRMINOS

5.1 DEFINICIONES
Aeronotificación. Informe de una aeronave en vuelo preparado de conformidad con los requisitos de notificación de posición y de información operacional o meteorológica.
Ceniza volcánica. Compuesto de minerales característicos de las erupciones volcánicas. Los minerales característicos de la mayoría de las cenizas volcánicas son el sílice y cantidades menores de óxidos de aluminio, hierro, calcio y sodio. El material vítreo del silicato es muy duro y sumamente abrasivo. Su punto de fusión está por debajo de la temperatura del quemador del motor de reacción, lo que implica riesgos adicionales.
Centro de control de área. Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito aéreo a los vuelos controlados en las áreas de control bajo su jurisdicción.
Dependencia de servicios de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, a una dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro de información de vuelo o a una oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo.
Estación meteorológica aeronáutica. Estación designada para hacer observaciones e informes meteorológicos para uso en la navegación aérea internacional.
Gestión de afluencia del tránsito aéreo. Servicio establecido con el objetivo de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se utiliza al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad ATS competente.
Gestión del tránsito aéreo. Gestión dinámica e integrada del tránsito aéreo y del espacio aéreo, (incluidos los servicios de tránsito aéreo, la gestión del espacio aéreo y la gestión de la afluencia del tránsito aéreo) en condiciones de seguridad, economía y eficiencia, mediante el suministro de instalaciones y servicios sin límites perceptibles y en colaboración con todas las partes e incorporando funciones basadas en tierra y a bordo.
Información AIRMET. La información que expide una oficina de vigilancia meteorológica respecto a la presencia real o prevista de determinados fenómenos meteorológicos en ruta que puedan afectar a la seguridad operacional de los vuelos a baja altura, y que no estaba incluida en el pronóstico expedido para los vuelos a baja altura en la región de información de vuelo de que se trate.
Información meteorológica. Informe meteorológico, análisis, pronóstico, y cualquier otra declaración relativa a condiciones meteorológicas existentes o previstas.
Información SIGMET. Información expedida por una oficina de vigilancia meteorológica, relativa a la existencia real o prevista de fenómenos meteorológicos en ruta especificados, que puedan afectar la seguridad operacional de aeronaves.
Informe meteorológico. Declaración de las condiciones meteorológicas observadas en relación con una hora y lugar determinados.
Nube de cenizas volcánicas. La totalidad del material expulsado de un volcán a la atmósfera y transportado por vientos en altura. Consta de cenizas volcánicas, gases y sustancias químicas.
Oficina meteorológica. Oficina designada para suministrar servicio meteorológico para la navegación aérea internacional.
Oficina meteorológica de aeródromo. Oficina designada para suministrar servicio meteorológico para los aeródromos al servicio de la navegación aérea.
Oficina NOTAM Internacional. Oficina responsable de recopilar y difundir información NOTAM y ASHTAM para todo el territorio y el espacio aéreo comprendido en la FIR/UIR.
Región de información de vuelo. Espacio aéreo de dimensiones definidas dentro del cual se facilitan los servicios de información de vuelo y de alerta.
Servicios de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los servicios de información de vuelo, alerta, asesoramiento de tránsito aéreo, control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control de aproximación o control de aeródromo).
Sistema de gestión del tránsito aéreo. Sistema que proporciona ATM mediante la integración de recursos humanos, información, tecnología, instalaciones y servicios, en colaboración con el apoyo de comunicaciones, navegación y vigilancia basadas en tierra, aire y/o en el espacio.
Uso flexible del espacio aéreo. Concepto de gestión del espacio aéreo basado en el principio de que el espacio aéreo no debe designarse como exclusivamente militar o civil, sino como un espacio continúo en el que se satisfagan al máximo posible los requisitos de todos los usuarios.
Zona afectada. Volumen de espacio aéreo, aeródromo u otra área en tierra, identificado por VAA (Aviso de Cenizas Volcánicas)/VAG (Formato Gráfico de los avisos de cenizas volcánicas) y/o SIGMET como un lugar en el que se sabe que hay o se pronostica que habrá contaminación por nube de cenizas volcánicas.
Zonas de contaminación. La información sobre zonas de cenizas volcánicas observadas y/o pronosticadas en la atmósfera es proporcionada a través de mensajes MET apropiados, de conformidad con el Reglamento 203 – Servicio Meteorológico Para la Navegación Aérea.
Zona peligrosa. Espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves.
NOTA.- En el contexto de la contaminación por nube de cenizas volcánicas, Zona de peligro es el volumen de espacio aéreo identificado por NOTAM como espacio afectado por niveles conocidos o pronosticados de contaminación por nube de cenizas volcánicas que los Estados consideran que se debe comunicar a los explotadores.
Zona prohibida. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está prohibido el vuelo de las aeronaves.
Zona restringida. Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está restringido el vuelo de las aeronaves, de acuerdo con determinadas condiciones especificadas.
5.2 ABREVIATURAS Y ACRÓNIMOS
AAC Autoridad Aeronáutica Civil
ACC Centro de Control de Área
AD Aeródromo
AIP Publicación de información aeronáutica
AIREP Aeronotificación
AIS Servicio de Información Aeronáutica
ANSP Proveedor de servicios de navegación aérea
ASHTAM Serie especial de NOTAM que notifica un cambio en la actividad de un volcán, una erupción volcánica y/o una nube de cenizas volcánicas que es de importancia para las operaciones de las aeronaves.
ATC Control de tránsito aéreo
ATCO Controlador de tránsito aéreo
ATFM Gestión de la afluencia del tránsito aéreo
ATM Gestión del tránsito aéreo
ATS Servicios de tránsito aéreo
CDM Toma de decisiones colaborativa
FMU Unidad de gestión de flujo de tránsito aéreo
FIR Región de información de vuelo
IAVW Vigilancia de los volcanes en las aerovías internacionales
IVATF Grupo especial internacional sobre cenizas volcánicas (de la OACI)
LOA Carta de acuerdo
MET Meteorología
NOF Oficina NOTAM Internacional
NOTAM Aviso a los aviadores
OVM Oficina de Vigilancia Meteorológica
PANS ATM Procedimientos para los servicios de navegación aérea
SAM Región Sudamericana de la OACI
SARPS Normas y métodos recomendados
SIGMET Información relativa a fenómenos meteorológicos en ruta que puedan afectar la seguridad de las operaciones de las aeronaves
SMS Sistema de Gestión de Seguridad
SRA Evaluación de los Riesgos de Seguridad Operacional
VAA Aviso de cenizas volcánicas
VAAC Centro de avisos de cenizas volcánicas
VACP/ANS-EC Plan de contingencia de ceniza volcánica de los Servicios de Navegación Aérea del Ecuador
VACP/SAM Plan de contingencia de ceniza volcánica de la Región Sudamericana
VAG Formato gráfico de los avisos de cenizas volcánicas
VAR Notificación de actividad volcánica desde una aeronave (la parte en tiempo real de la VAR se expide de la misma manera que una AIREP especial)
VOLCEX Ejercicios periódicos de la OACI sobre cenizas volcánicas para validar y mejorar los planes y procedimientos regionales de contingencia sobre cenizas volcánicas
VONA Notificación del Observatorio de Volcanes para la Aviación
WAFC Centro mundial de pronósticos de área


6. DECLARACIÓN DE UNA ZONA PELIGROSA POR ACTIVIDAD VOLCÁNICA

Si se considera que el evento volcánico podría ser un peligro para la aviación, se puede declarar una zona peligrosa mediante NOTAM. Las consideraciones para la determinación de la zona peligrosa se describen en 8.1.1, 8.2.1 y 8.3.1.
Normalmente, no se otorgará permisos para cruzar la zona peligrosa a menos que sea explícitamente solicitado por la tripulación de vuelo. Por lo tanto, dentro de este contexto, la decisión final en cuanto a la ruta, ya sea para evitar o atravesar una zona de actividad volcánica y por consiguiente, la responsabilidad por la seguridad de la aeronave recae en la tripulación de vuelo.

7. FASES DE UN EVENTO VOLCÁNICO

La respuesta a un evento volcánico que afecta el tránsito aéreo ha sido dividida en cuatro fases bien definidas:
Fase Previa a la Erupción
Fase de Inicio de Erupción
Fase de Erupción en Progreso
Fase de Recuperación
7.1 FASE PREVIA A LA ERUPCION (cuando corresponda)
La respuesta inicial, “dar el alerta”, comienza cuando se prevé que ocurrirá una erupción volcánica. Se emitirán mensajes SIGMET, ASHTAM y NOTAM, los que se retransmitirán inmediatamente a las aeronaves en vuelo afectadas.
Cabe mencionar que, en ocasiones, los volcanes entran en erupción en forma inesperada, sin que se haya emitido alerta alguna, por lo que la fase previa a la erupción puede ser omitida.
7.2 INICIO DE LA FASE DE ERUPCION (cuando corresponda)
La fase de erupción empieza en el momento en que se inicia la erupción volcánica y las cenizas volcánicas ingresan en la atmósfera, e involucra mayormente a las aeronaves en vuelo. Se emitirán mensajes SIGMET y ASHTAM, y se declarará una zona peligrosa mediante NOTAM. Normalmente, no se emitirá autorizaciones para atravesar la zona peligrosa a menos que sea explícitamente solicitado por la tripulación de vuelo.
7.3 FASE DE ERUPCION EN PROGRESO
La fase de erupción en progreso se inicia al momento de emitirse el primer aviso de cenizas volcánicas (VAA) con información sobre la extensión y movimiento de la nube de cenizas volcánicas, luego de finalizar las respuestas reactivas previas. Se emitirán mensajes SIGMET, ASHTAM y NOTAM.
7.4 FASE DE RECUPERACION
La fase de recuperación se inicia con la emisión del primer VAA conteniendo un enunciado de “NO VA EXP” (es decir, “no se espera cenizas volcánicas”), lo cual normalmente ocurre cuando se determina que no se prevé la ocurrencia de cenizas volcánicas en la atmósfera y la actividad volcánica ha regresado a su estado previo a la erupción.
Si bien las cuatro fases describen las acciones a ser adoptadas durante un evento volcánico real, éstas se basan en un escenario teórico. Puede que las erupciones reales no siempre están tan claramente diferenciadas con respecto a las acciones ATM a ser adoptadas. Igualmente, una erupción puede ocurrir sin que exista actividad previa a la erupción, o puede detenerse y reiniciarse más de una vez.
Por lo tanto, puede que la primera observación sea la presencia de una nube de cenizas que ya se encuentra a cierta distancia del volcán.
Las tripulaciones de vuelo deben notificar sus observaciones de actividad volcánica mediante una Aeronotificación especial (AIREP especial). Se debería hacer arreglos para garantizar la pronta transferencia de dicha información a las instituciones aeronáuticas apropiadas responsables por las acciones subsiguientes.

8. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES Y ACTIVIDADES A EJECUTAR

8.1 FASE PREVIA A LA ERUPCIÓN
Cuando se planifique operaciones de vuelo en zonas susceptibles a erupciones volcánicas, las dependencias ATS pueden esperar recibir de las tripulaciones de vuelo el formulario de Informe sobre Actividad Volcánica (VAR).
Por lo general, los pilotos de las aeronaves son fuente de información de una erupción, excepto en aquellos casos donde existe un sistema establecido de monitoreo vulcanológico, por esta razón, los pilotos que operen en aéreas con volcanes no monitoreados deberían siempre mantenerse alerta de aquellos signos que pudieran indicar una erupción y además, comprender la importancia de su rol como proveedores de información.
La respuesta inicial de “dar el alerta” comienza cuando existe la presunción de una erupción volcánica o cuando ésta ocurre inesperadamente, la fuente de tal información puede provenir de pilotos (AIREP/VAR) y/o de las agencias meteorológicas o vulcanológicas (VONA).
La Gestión de Tránsito Aéreo, la Gestión de Meteorología Aeronáutica y la Gestión de Información Aeronáutica deben garantizar la inmediata difusión de la información de alerta a las aeronaves afectadas en vuelo o a través de SIGMET, NOTAM, ASHTAM o de la retransmisión de los AIREP, según sea lo más apropiado, por el medio más expeditivo posible.
Esta fase se focaliza en alertar las aeronaves sobre un potencial peligro y de protegerlas de los peligros inherentes a la erupción misma, se espera que las aeronaves liberen o eviten el área afectada de acuerdo a los procedimientos de operación estandarizados, ésta alerta será el iniciador de acciones, tales como la recolección de datos adicionales y la preparación de evaluaciones de riesgo de seguridad operacional específicas.
8.1.1 Acciones del ACC
Ante el caso de una actividad volcánica pre-eruptiva significativa, una erupción en curso o una nube de ceniza volcánica informada, tal que pudieran significar un peligro para la aviación, el centro de control de área (ACC) que reciba la información debería llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Informará al proveedor MET asociado, de conformidad con los arreglos nacionales/regionales (a menos que dicho proveedor fuera el originador de la notificación inicial), y a la NOF;
b) Se asegurará que la generación de mensajes MET (SIGMET) y AIS (NOTAM/ASHTAM) sean apropiados, estos deben brindar información precisa sobre la actividad del volcán, tan pronto se vaya disponiendo de la misma, es imperativo que esta información sea emitida por la oficina de Vigilancia Meteorológica y la Oficina NOTAM internacional, y difundida lo más pronto posible;
c) Deberá definir una zona de peligro, el tamaño de esta zona de peligro deberá comprender un volumen razonable del espacio aéreo en concordancia con la información disponible, tratando de evitar una interrupción innecesaria de las operaciones de vuelo, de la siguiente manera:
i. Si la erupción no ha comenzado o si no hay información disponible sobre el viento en altura, la zona de peligro deberá ser definida como un círculo de radio de 222 km (120 NM) centrado en el lugar de origen de la actividad volcánica, la finalidad es garantizar la seguridad operacional de los vuelos en ausencia de una predicción por una autoridad competente en cuanto a la extensión de la contaminación. (Ver Figura 1).
ii. Si se dispone de mayor información (pronóstico de vientos, reporte de pilotos, etc.), la zona de peligro deberá ser definida por un círculo de radio 111 km (60 NM), centrado en el lugar de origen de la actividad volcánica. (Ver Figura 2).
d) Retransmitir inmediatamente a los pilotos de aquellas aeronaves que pudieran verse afectadas, por medio de una llamada general, toda la información disponible para que tengan conciencia situacional sobre la extensión horizontal y vertical del espacio aéreo contaminado con ceniza;
e) Si fuese requerido, sugerir cambios de ruta apropiados para ayudar a los vuelos a evitar áreas con contaminación conocida o pronosticada;
f) Solicitar una aeronotificación especial cuando la ruta de vuelo conduzca a la aeronave hacia o cerca de la nube de cenizas pronosticada y enviar dicha aeronotificación especial a las agencias correspondientes;
g) El ATC no debe emitir autorizaciones para el ingreso u operación de las aeronaves en un área peligrosa, debe proveerse a las aeronaves de la asistencia necesaria para que salgan de una zona peligrosa en la forma más expeditiva posible, es responsabilidad del piloto al mando determinar el curso de acción más seguro;
h) Si una aeronave ha notificado a una dependencias ATS que ha ingresado en un área contaminada con ceniza volcánica, la dependencia ATS deberá:
i. Considerar que la aeronave se encuentra en situación de emergencia;
ii. No iniciar modificaciones de la ruta o nivel asignados, a menos que fuera solicitado por la tripulación de vuelo o resulte necesario en virtud de los requisitos del espacio aéreo o las condiciones del tráfico;
iii. No iniciar guía vectorial sin el consentimiento del piloto; y
iv. La experiencia ha demostrado que la maniobra de escape recomendada para una aeronave que ha tenido un encuentro con una nube de ceniza volcánica consiste en invertir su curso y comenzar el descenso (si el terreno lo permite), sin embargo, la responsabilidad final sobre esa decisión recae en el piloto.
i) Notificará inmediatamente a los otros Centros de Control (ACC adyacentes, oficinas APP y torres de control) sobre el fenómeno, informando la ubicación y las dimensiones de la zona de peligro, asimismo, deberá realizar nuevas coordinaciones y reencaminar, si fuese necesario, aquellos vuelos previamente coordinados pero que aún se encuentren en las regiones de información de vuelo adyacentes. Informará a los ACC adyacentes sobre el fenómeno y requerirá también el re-enrutamiento de los vuelos que no hayan sido aún coordinados para mantenerlos fuera de la zona de peligro. Cabe notar que las tripulaciones de vuelo pueden decidir no evitar la zona en su totalidad, en base, por ejemplo, a las observaciones visuales; y
j) De ser necesario, tomará medidas de gestión de afluencia para mantener el nivel de seguridad requerido.
8.1.2 Acciones de la Dependencia de Gestión de Flujo - ATFM
La dependencia ATFM determinará la forma en que tendrán lugar sus comunicaciones iníciales en base a los acuerdos bilaterales preexistentes. A partir del momento de la recepción de la información sobre actividad volcánica desde las diferentes Dependencias ATS, la dependencia ATFM deberá iniciar acciones de acuerdo a sus procedimientos para asegurar el intercambio de información en apoyo a los proveedores de servicios de navegación aérea, las OVM, los VAAC y los explotadores de aeronaves involucrados.
8.1.3 Acciones de la Oficina de Vigilancia Meteorológica - OVM
a) Al recibir información sobre actividad volcánica y/o la existencia de ceniza volcánica, la OVM deberá:
i. Emitir un mensaje SIGMET de alerta por ceniza volcánica con periodo de validez de 6 (seis) horas, incluir en el direccionamiento del SIGMET al SADIS, a los bancos de datos OPMET internacionales, y al banco de datos OPMET regional de Brasilia;
ii. Mantener una continua coordinación con el ACC para asegurar la consistencia en la emisión y contenido de los SIGMET;
iii. Coordinar con la agencia vulcanológica la emisión del VONA, si aún no lo ha recibido;
iv. Notificar a las VAAC designadas detalles relevantes sobre la erupción;
v. Notificar al ACC, tan pronto como sea posible, si la nube de ceniza volcánica puede ser identificada a través de las imágenes/datos de los satélites meteorológicos y de ser así, proveer regularmente información sobre la extensión horizontal y vertical de la nube y su trayectoria.
b) En el caso de que una OVM tenga conocimiento sobre la ocurrencia de actividad pre-eruptiva, de una erupción volcánica o de la presencia de una nube de ceniza a través de cualquier otra fuente, dicha información será transmitida inmediatamente al ACC.
c) En el caso de que cualquier otra oficina meteorológica tenga conocimiento sobre la ocurrencia de actividad pre-eruptiva, de una erupción volcánica o de la presencia de una nube de ceniza a través de cualquier otra fuente, dicha información será transmitida inmediatamente a la OVM para su retransmisión al ACC y a los VAAC apropiados.
8.1.4 Acciones de la Oficina NOTAM Internacional - NOF
a) En el caso de actividad volcánica previa a una erupción, una erupción volcánica en desarrollo, o una nube de ceniza volcánica en la FIR Guayaquil, la NOF deberá emitir un ASHTAM y/o NOTAM para la actividad volcánica, basado en la información proporcionada por el ACC Guayaquil y/o la OVM.
b) Se debe incluir en la lista de direcciones de ASHTAM y/o NOTAM relativo a la actividad volcánica, a la OVM asociada y al VAAC responsable de la FIR Guayaquil: KWBCYMYX y EGZZVANW.
8.2 INICIO DE LA FASE DE ERUPCION
Esta fase comienza al momento de iniciarse una erupción volcánica, con la eyección de cenizas volcánicas a la atmósfera. El enfoque de estos procesos es proteger de los peligros de la erupción a las aeronaves que se encuentran en vuelo y en los aeródromos, recolectar la información relevante y transformar la información disponible sobre la nube de ceniza volcánica (extensión horizontal y vertical, etc.) en información confiable y precisa.
La información para el inicio de esta fase puede provenir de pilotos (AIREP/VAR), del proveedor MET o vulcanológicas (VONA/SIGMET).
Además de las acciones relevantes descriptas bajo la fase previa a la erupción, las principales acciones de la fase de inicio de erupción son:
a) Emisión de un SIGMET de inicio de erupción;
b) Emisión de un NOTAM y/o ASHTAM de inicio de erupción; y
c) El suministro de información y asistencia al tráfico en vuelo.
Según resulte apropiado, las zonas peligrosas serán notificadas a través de un NOTAM y/o ASHTAM, esta fase proseguirá hasta que la fase de erupción en progreso sea activada.
8.2.1 Acciones del ACC
El ACC deberá informar a los vuelos acerca de la existencia de la nube de ceniza volcánica, de su extensión, del pronóstico de desplazamiento y brindar información útil para el desarrollo seguro de los vuelos.
El re-encaminamiento del tránsito aéreo deberá comenzar inmediatamente o podría encontrarse en progreso si la fase de alerta volcánica otorgara el tiempo suficiente.
El ACC deberá asistir en el re-enrutamiento de las aeronaves alrededor de las zonas peligrosas tan rápido como sea posible.
Los ACC adyacentes deberían también tomar en cuenta la zona peligrosa y brindar similar asistencia a las aeronaves, en la forma más temprana posible.
Si bien el ATC normalmente, no iniciará una autorización para atravesar una zona peligrosa, informará a las aeronaves acerca del peligro y continuará brindando servicios en forma normal. Se espera que las aeronaves intenten mantenerse alejadas de la zona peligrosa, no obstante es responsabilidad de los pilotos al mando determinar el curso de acción más seguro.
El centro de control de área (ACC) debería llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Mantener un estrecho enlace con la Dependencia de Meteorología, la cual deberá emitir un mensaje SIGMET de comienzo de erupción volcánica por el medio más rápido posible. El mismo puede simplemente informar que una nube de ceniza ha sido reportada, la fecha/hora y su ubicación. El SIGMET de comienzo de erupción volcánica puede también ser promulgado por un VAA. Durante esta fase, la información sobre la extensión y severidad del evento volcánico puede ser limitada; sin embargo, cuando sea posible, el mensaje debería contener información sobre la extensión y desplazamiento pronosticado de la ceniza de acuerdo a las fuentes de información apropiadas;
b) Deberán revisarse y actualizarse las medidas ATFM cuando resulte necesario, en función de los pronósticos y de la cooperación con los Explotadores de aeronaves (CDM) y los ACC adyacentes, para el desarrollo seguro de las operaciones aéreas;
c) Deberá asegurarse que haya sido originado un NOTAM para definir una zona peligrosa tal que comprenda un volumen del espacio aéreo acorde con la información disponible. Para determinar la zona, se debería tener en cuenta la información sobre vientos en altitud (Ver 8.1.1, c), ii).
d) En base a la delimitación de la zona de seguridad, dispondrá la restricción de aerovías que se encuentren comprometidas o contaminadas por ceniza, determinando exactamente los tramos de aerovías cerradas o restringidas y los niveles de vuelo afectados. Esta información se remitirá a la oficina NOTAM internacional (NOF) dentro de los 15 minutos posteriores a la recepción del SIGMET, para la inmediata emisión del ASHTAM y/o NOTAM correspondiente.
La restricción de aerovías se determinará en primera instancia, basados en los reportes de ceniza y reporte de viento exterior de los pilotos (AIRMET), así como reportes/pronósticos de vientos proporcionados por la OVM. Identificando los tramos de aerovías que se encuentren en un área de 45° a cada lado del eje de la dirección del viento reportado o pronosticado y definida por un círculo de radio 111 km (60 NM), centrado en el lugar de origen de la actividad volcánica. (Ver Figura 3).
e) Se asegurará que las diferencias encontradas entre la información publicada y las observaciones (informes de pilotos, mediciones atmosféricas, etc.) sean encaminados tan pronto como sea posible a las autoridades apropiadas para asegurar su difusión a todos los involucrados.
f) Se iniciará la planificación de la CDM para la fase de erupción en progreso, conjuntamente con los explotadores de aeronaves, la dependencia ATFM apropiada y las Dependencias ATS involucradas.
8.2.2 Acciones de la Dependencia ATFM
Durante el inicio de la fase de erupción, dependiendo del impacto y/o extensión de las cenizas volcánicas, la dependencia ATFM apropiada deberá organizar con los VAAC, los Proveedores de los Servicios de Navegación Aérea, las OVM y los Explotadores involucrados, el intercambio de la última información disponible sobre la evolución de la misma para apoyar al CDM y comunicar a las dependencias ATFM Regionales o interregionales que corresponda la información actualizada que disponga.
8.2.3 Acciones de la Oficina de Vigilancia Meteorológica - OVM
a) Al recibir información sobre una erupción volcánica, la OVM deberá:
i. Emitir un mensaje SIGMET de erupción volcánica con periodo de validez de 6 (seis) horas;
ii. Mantener una continua coordinación con el ACC para asegurar la consistencia en la emisión y contenido de los SIGMET;
iii. Coordinar con el Instituto Geofísico la emisión del VONA;
iv. Notificar a las VAAC de Washington detalles relevantes sobre la erupción;
v. Notificar al ACC, tan pronto como sea posible, si la nube de ceniza volcánica puede ser identificada a través de las imágenes/datos de los satélites meteorológicos y de ser así, proveer regularmente información sobre la extensión horizontal y vertical de la nube y su trayectoria.
b) En el caso de que una OVM tenga conocimiento sobre la ocurrencia de una erupción volcánica o de la presencia de una nube de ceniza a través de cualquier otra fuente, dicha información será transmitida inmediatamente al ACC.
8.2.4 Acciones de la Oficina NOTAM Internacional - NOF
a) En caso de una erupción volcánica en desarrollo, la NOF deberá emitir un ASHTAM y/o NOTAM para la actividad volcánica, basado en la información proporcionada por el ACC Guayaquil y/o la OVM; y
b) Se debe incluir en la lista de direcciones de ASHTAM o NOTAM relativo a la actividad volcánica, a la OVM asociada y al VAAC responsable de la FIR Guayaquil: KWBCYMYX y EGZZVANW.
8.3 FASE DE ERUPCIÓN EN PROGRESO
La fase de erupción en progreso comienza con la emisión del primer VAA/VAG (Aviso de Ceniza Volcánica/Información sobre avisos de ceniza volcánica en formato gráfico) por parte del VAAC de Washington.
El VAA/VAG contendrá la posición actual de la ceniza volcánica y los pronósticos de la extensión vertical y horizontal de la nube de ceniza volcánica y su desplazamiento esperado a intervalos de 6 (seis) horas, desde T+0 hasta T+18 horas. Cuando se espere que la nube de ceniza volcánica se desplace considerablemente durante el periodo de 6 horas, deberían emitirse mensajes SIGMET a intervalos menores al establecido.
Los pronósticos de nube de ceniza volcánica a T+6, T+12 y T+18 horas y a mayor extensión de pronóstico (si estuviera disponible) son utilizados para la elaboración del NOTAM/ASHTAM.
Los pronósticos de nube de ceniza volcánica y/o los VAA/VAG podrían incluir (si estuviera disponible) indicadores de calidad (Ej.: certeza, variabilidad, etc.).
La ceniza volcánica puede afectar a cualquier combinación del espacio aéreo; por esta razón, resulta imposible establecer medidas para cada situación particular. Tampoco es posible detallar las acciones a tomar por parte de cada Dependencia ATS. La siguiente guía puede resultar de utilidad durante la fase de erupción en curso pero no debería considerarse como mandatorio:
a) Dependiendo del impacto y/o extensión de la ceniza volcánica, la dependencia ATFM correspondiente puede tomar la iniciativa de organizar teleconferencias con los VAAC, los Servicios de Navegación Aérea, las Oficinas Meteorológicas, las agencias vulcanológicas y los Explotadores involucrados para intercambiar las últimas informaciones sobre el desarrollo del evento, en contribución al CDM;
b) Durante esta fase los VAAC deberían procurar el cálculo de la extensión vertical del área con ceniza y proveer el VAA/VAG apropiado para poder definir el espacio aéreo contaminado con la mayor precisión posible. A los efectos de la planificación del vuelo, los Explotadores deberían procurar que sus aeronaves sobrevuelen los límites horizontales y verticales de la zona peligrosa como si se operara sobre terreno montañoso. Los Explotadores serán advertidos del riesgo de despresurización de la cabina o de la falla de los motores implicado en la imposibilidad continuar manteniendo el nivel de vuelo, especialmente en el caso de operaciones de largo alcance con aviones bimotores; y
c) Cualquier diferencia entre la información publicada y las observaciones (informes de pilotos, observaciones atmosféricas, etc.) deben ser encaminadas tan pronto como sea posible a las autoridades apropiadas.
8.3.1 Acciones del ACC
Las dependencias ATS afectadas por el desplazamiento de la ceniza deberían asegurarse de que el NOTAM/ASHTAM continúe siendo originado a intervalos apropiados. Las Dependencias ATS involucradas y las dependencias ATFM deberían continuar publicando los detalles concernientes a las medidas tomadas para asegurar su distribución a todos los involucrados.
El centro de control de área (ACC) adicionalmente debería redefinir la zona de peligro basados en el reporte VAAC, esta zona de peligro podría ser definida por un polígono que contenga la zona cubierta por el desplazamiento de ceniza; el tamaño de esta zona de peligro debería comprender un volumen razonable del espacio aéreo, tratando de evitar restricciones innecesarias y la interrupción de las operaciones aéreas en áreas no contaminadas. (Ver Figura 3).
8.3.2 Acciones de la Dependencia ATFM
Dependiendo del impacto y/o extensión de la ceniza volcánica, y a los efectos de apoyar al CDM, la dependencia ATFM correspondiente debería organizar con los VAAC, los ANSP, las OVM y los Explotadores involucrados, el intercambio de la última información disponible sobre el evento volcánico.
La dependencia ATFM aplicará medidas correspondientes al requerimiento de los ANSP involucrados, éstas medidas deberán ser revisadas y actualizadas de acuerdo con la información más reciente.
También la dependencia ATFM deberá tener en consideración la coordinación civil y militar para poner en práctica el concepto de Espacio Aéreo Flexible (FUA) que permite utilizar temporariamente rutas alternativas que normalmente atraviesan espacios aéreos restringidos, evitando así que las aeronaves emprendan grandesrecorridos para eludir a las mismas.
8.3.3 Acciones de la Oficina de Vigilancia Meteorológica - OVM
a) Continuar emitiendo mensajes SIGMET de erupción volcánica con periodo de validez de 6 (seis) horas;
b) Mantener una continua coordinación con el ACC para asegurar la consistencia en la emisión y contenido de los SIGMET;
c) Proveer regularmente al ACC información sobre la extensión horizontal y vertical de la nube y su trayectoria; y
d) En el caso de que una OVM tomara conocimiento sobre información relevante de la erupción volcánica o de la presencia de una nube de ceniza a través de cualquier otra fuente, dicha información será transmitida inmediatamente al ACC.
8.3.4 Acciones de la Oficina NOTAM Internacional - NOF
a) La NOF deberá continuar emitiendo ASHTAM y/o NOTAM para la actividad volcánica, basado en la información proporcionada por el ACC Guayaquil y/o la OVM; y
b) Se debe incluir en la lista de direcciones de ASHTAM o NOTAM relativo a la actividad volcánica, a la OVM asociada y al VAAC responsable de la FIR Guayaquil: KWBCYMYX y EGZZVANW.
8.4 FASE DE RECUPERACION
La fase de recuperación se inicia con la emisión del VAA/VAG que indique que el espacio aéreo ya no se encuentra contaminado por cenizas volcánica o el primer VAA/VAG conteniendo el enunciado “NO FURTHER ADVISORY” lo cual normalmente ocurre cuando se determina que la actividad volcánica ha regresado a su estado previo a la erupción y el espacio aéreo ya no está contaminado con cenizas volcánicas.
En consecuencia, se debería emitir los mensajes SIGMET/NOTAM correspondientes. Las Dependencias de Control y las dependencias ATFM deberían regresar a sus operaciones normales lo más pronto posible.
8.4.1 Acciones de la Oficina de Vigilancia Meteorológica - OVM
a) Emitir el SIGMET de cancelación en base a la información del VACC deWashington.
8.4.2 Acciones de la Oficina NOTAM Internacional - NOF
a) El ASHTAM o NOTAM deben ser cancelados, en consulta con el ACC, en cuanto se considere que el espacio aéreo no está contaminado por ceniza volcánica; y
b) Se debe incluir en la lista de direcciones de ASHTAM o NOTAM relativo a la actividad volcánica, a la OVM asociada y al VAAC responsable de la FIR Guayaquil: KWBCYMYX y EGZZVANW.

9. RESPUESTA A EMERGENCIAS POR CENIZAS VOLCÁNICAS EN LOS AERÓDROMOS

En el LAR 153 – apartado 153.550 - Control de emisión de cenizas volcánicas de dicho reglamento se establece que:
a) El Operador de aeródromo, debe preparar un plan de contingencia para el control de emisiones volcánicas el cual debe ser desarrollado según lo establecido en el Apéndice 2- Respuesta a Emergencias, Parte III– Emergencias por Cenizas Volcánicas del presente Reglamento y que sea aceptable a la AAC con la finalidad de garantizar la seguridad operacional en el aeródromo;
b) El plan de contingencia para el control de emisiones volcánicas debe incluir procedimientos antes, durante y después del fenómeno natural para proteger a:
1) Aeronaves en vuelo;
2) Aeronaves en tierra;
3) Tanques de combustible;
4) Vehículos terrestres;
5) Infraestructura aeronáutica que incluye:
i. Radioayudas;
ii. Comunicaciones;
iii. Pistas, calles de rodaje, plataformas, terminales;
iv. Equipos de rampa; y
v. Servicio de energía eléctrica, plantas de energía, agua potable.
c) En caso de una necesidad de emitir un NOTAM y/o ASHTAM respecto a la caída de cenizas volcánicas en un aeródromo, se sugieren las siguientes pautas:
1) En los casos en que un pronóstico de la caída de cenizas inminente está disponible, se debe expedir un NOTAM y/o ASHTAM indicando el período de tiempo que se estima en que las cenizas lleguen al aeródromo;
2) Se debe emitir un NOTAM y/o ASHTAM cuando la ceniza alcanza un aeródromo o comienza a acumularse en el suelo en un aeródromo. El NOTAM y/o ASHTAM debe informar si el aeródromo sigue abierto para las operaciones aéreas;
3) Un nuevo NOTAM y/o ASHTAM debe emitirse cada 4 horas, mientras la caída de cenizas está ocurriendo o se encuentra presente en el aire en el aeródromo. Si una prueba de fricción de las superficies de la pista se ha realizado, debe ser informado el valor y el tiempo en que se realizó dicha prueba; y
4) Un NOTAM y/o ASHTAM final debe ser emitido cuando las actividades de limpieza se han completado y las operaciones se han reanudado. Desde la caída de cenizas volcánicas en un aeródromo, se recomienda una estrecha coordinación entre la NOF y la oficina meteorológica de aeródromo (OMA) en su área de responsabilidad, en relación con la emisión de dicha advertencias.

10. COMUNICACIÓN Y DIFUSION DE LOS INFORMES DE PILOTOS SOBRE ACTIVIDAD VOLCANICA

10.1 PROPÓSITO DE LA NOTIFICACIÓN Y RECOLECCIÓN DE DATOS SOBRE CENIZAS VOLCÁNICAS
La principal finalidad de la notificación y recolección de datos sobre cenizas volcánicas es:
a) Definir la ubicación de los peligros volcánicos;
b) Notificar de inmediato a las otras aeronaves (en vuelo) acerca del peligro;
c) Notificar a las otras partes interesadas (ANS (ATC, MET, AIS, ATFM), VAAC, etc.), a fin de garantizar una producción consistente de información y avisos apropiados, de conformidad con las disposiciones existentes;
d) Analizar los informes recolectados en la fase posterior al vuelo a fin de:
i. Identificar las zonas que generan preocupación;
ii. Convalidar y mejorar los pronósticos de dispersión cenizas volcánicas;
iii. Mejorar los procedimientos existentes;
iv. Contribuir a definir mejores requisitos de aeronavegabilidad; y
v. Compartir lecciones aprendidas, etc.
10.2 FASE DE OPERACIONES
Los papeles y responsabilidades de los participantes en cuanto a la recolección, intercambio y difusión de información volcánica están claramente diferenciados en dos distintas fases:
a) En vuelo; y
b) Posterior al vuelo.
10.3 PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE NOTIFICACIÓN, SUS ROLES Y RESPONSABILIDADES
La identificación de los participantes, así como sus roles y responsabilidades en general, pero, específicamente, durante las dos distintas fases de operaciones (en vuelo, posterior al vuelo), es un elemento importante para mejorar la recolección, intercambio y difusión de la información volcánica.
La cantidad de participantes y sus papeles y responsabilidades depende de la fase de operaciones, su posición en la cadena de información dentro de una de las dos fases y los arreglos nacionales/regionales.
Uno de los principales problemas con respecto a los papeles y responsabilidades de los participantes es que cada uno de ellos, en un momento u otro, son tanto proveedores de datos/información como usuarios de la información.
10.3.1 Fase en Vuelo
Participantes Roles y responsabilidades
1 Pilotos, civiles y/o militares, que observan y/o encuentran actividad volcánica Brindar información, lo más detallada posible, acerca del tipo, posición, color, olor, dimensiones de la contaminación volcánica, nivel y hora de la observación, y enviar de inmediato la VAR Parte I a la dependencia ATS con la que el piloto está en comunicación radiotelefónica (R/T).

Registrar la información requerida por la VAR Parte II en el formulario apropiado lo más pronto posible después de la observación o encuentro, y presentar el informe vía enlace de datos, en caso esté disponible, o por cualquier medio disponible autorizado y difundido por la autoridad aeronáutica civil del Estado.
2 Dependencia ATS que recibe la información del piloto que ha encontrado el evento volcánico Asegurarse que la información del piloto recibida por un controlador de tránsito aéreo haya sido escuchada, aclarada (de ser necesario) y difundida a otros pilotos, así como al supervisor del ACC.

Asimismo, los controladores de tránsito aéreo podrían preguntar a otros pilotos que están volando dentro de la misma zona si han observado alguna actividad volcánica.
3 El supervisor de la dependencia ATS/ACC (según corresponda) u otra persona responsable dentro del proveedor de servicios de navegación aérea Utilizar todos los medios de comunicación y los formularios disponibles para asegurarse que la información recibida del controlador de tránsito aéreo haya sido:

- Transmitida a las organizaciones meteorológicas y VAAC asociadas, de conformidad con los arreglos nacionales/regionales;
- Difundida en forma completa e inmediata a toda la organización, especialmente a los sectores adyacentes y a la oficina NOTAM (NOF) asociada.
- Transmitida a los sectores y ACC vecinos (de ser necesario);
- Transmitida al centro regional ATFM, de haberlo.
- Transmitida a la autoridad nacional/regional responsable por el manejo de las situaciones de contingencia.

Nota: El orden queda sujeta a lo que el Estado cree conveniente.
4 ANSP vecinos (ACC, etc.) Asegurarse que la información sea suministrada a las tripulaciones de vuelo que estén volando hacia la zona afectada por la contaminación volcánica y sea difundida a través de la organización; que el sistema esté preparado para enfrentar los posibles cambios en las afluencias de tránsito; y que la información sea suministrada a la autoridad nacional responsable por el manejo de las situaciones de contingencia y luego transferida a la NOF y OVM, según se requiera.
5 Oficina de vigilancia MET Utilizar la información originada por las tripulaciones de vuelo y re-enviada por la dependencia ATS que recibió la información, de conformidad con el Anexo 3.
6 VAAC Utilizar la información originada por las tripulaciones de vuelo, OVM y otras fuentes competentes, de conformidad con el Anexo 3.
7 AIS/NOF Publicar los mensajes AIS apropiados, de conformidad con el Anexo 15.
8 Dependencia ATFM o centro (en caso exista) Asegurarse que la información recibida sea almacenada y esté disponible para todos los socios en su zona de responsabilidad (ANSP, líneas aéreas, VAAC, MET, etc.).

Como parte de la actividad diaria, coordinar las medidas ATFM con los ACC involucrados.


10.3.2 Fase posterior al Vuelo
Participantes Roles y responsabilidades
1 Pilotos, civiles y/o militares, que observan y/o encuentran actividad volcánica Presentar el informe de cenizas volcánicas con la mayor cantidad posible de información detallada acerca de la actividad volcánica y/o encuentro (posición, color, olor, dimensiones, nivel de vuelo, hora de observación, impacto sobre el vuelo, etc.).
Asegurarse que el VAR sea presentado y transmitido a los destinatarios pertinentes lo más pronto posible después del aterrizaje (en caso no haya sido presentado mediante enlace de datos durante el vuelo). Hacer una anotación en el Registro de Mantenimiento de la Aeronave (AML) en caso de un encuentro real o sospecha de encuentro con contaminación volcánica.
2 ANSP Brindar un informe resumido de los efectos de la actividad volcánica sobre sus operaciones por lo menos una vez al día a la autoridad nacional, con la mayor cantidad posible de información detallada acerca de la cantidad de encuentros, su impacto sobre la gestión del tránsito aéreo, etc.).
3 Mantenimiento AOC – Inspección posterior al vuelo Informar acerca de la observación de las superficies, motor, etc. de la aeronave y suministrar la información al repositorio central de datos a nivel nacional (o regional o global, según el caso).
4 Autoridad investigadora Todos los proveedores de servicios aeronáuticos (incluyendo explotadores, ANSP, aeropuertos, etc.) deberán investigar los efectos de la actividad volcánica, analizar la información y sacar conclusiones; y notificar los resultados de la investigación y la información pertinente a la autoridad supervisora nacional y cualquier repositorio central de datos.
5 Autoridad nacional Gestionar el repositorio central de datos a nivel nacional y notificar al repositorio central de datos a nivel regional/global, en caso exista. Analizar las notificaciones de sus proveedores de servicios aeronáuticos y adoptar las acciones necesarias.
6 Repositorio central de datos a nivel regional Recolectar datos nacionales y ponerlos a disposición de las partes involucradas que estuvieren interesadas, bajo condiciones acordadas.
7 OVM Utilizar la información nacional y regional proveniente de los repositorios centrales de datos a nivel nacional y regional.
8 VAAC Utilizar la información originada por las tripulaciones de vuelo y otras fuentes competentes a fin de:
a) Convalidar sus productos; y
b) Mejorar el pronóstico.
9 Repositorio de datos a nivel global (e institutos de investigación – según el caso) Analizar la información almacenada en el repositorio central de datos a nivel regional, y brindar los resultados de la investigación para alimentar el proceso de lecciones aprendidas
10 Gestión del conocimiento (por ejemplo, SKYbrary) Utilizar las lecciones aprendidas en la fase posterior al vuelo y difundirlas a las partes interesadas
11 OACI Revisar/modificar los planes de contingencia ATM sobre cenizas volcánicas


10.4 Herramientas para presentar y compartir la información sobre cenizas volcánicas
Distintos tipos de herramientas pueden ser utilizados para notificar, transmitir y difundir la información sobre encuentros con cenizas volcánicas.
La siguiente lista tiene como objetivo dar una idea de las herramientas que pueden ser utilizadas, éstas se podrían dividir en herramientas regulatorias y de información general.
En todo caso, no se trata de una lista exhaustiva, y puede ser actualizada con nuevos elementos, dependiendo de las experiencias regionales:
a) Comunicaciones por radiotelefonía y enlace de datos;
b) VAR;
c) NOTAM/ASHTAM;
d) SIGMET;
e) VAA/VAG;
f) Repositorio central de datos; por ejemplo, el portal de operaciones de la red CFMU (Network Operations Portal - NOP);
g) Portales centralizados con información y mapas actualizados en forma regular, como por ejemplo: EVITA –
http://www.eurocontrol.int/services/evita-european-crisis-visualisationinteractive-toolatfcm;
h) Teleconferencias;
i) Boletines periódicos con la información definida por los proveedores y usuarios de datos; por ejemplo, el Boletín semanal del Instituto Smithsoniano (Smithsonian Institution Weekly Bulletin);
j) Reportes actualizados de actividad volcánica emitidos por estaciones meteorológicas;
k) Portales de internet centralizados para compartir las lecciones aprendidas (Gestión del conocimiento-por ejemplo, SKYbrary
http://www.skybrary.aero/index.php/Main_Page).

11. CONFORMACION DEL COMITÉ DE CONTINGENCIA DE CENIZA VOLCANICA

Se dispone la conformación del “Comité de Contingencia de Ceniza Volcánica”, para la “activación” de la contingencia por actividad volcánica y la correspondiente aplicación del Plan de Contingencia en caso de Ceniza Volcánica; este Comité estará conformado por los siguientes funcionarios:
- Coordinador de la Gestión Interna de Servicios de Navegación Aérea;
- Responsable Zonal de Gestión de Tránsito Aéreo;
- Supervisor de turno del Centro de Control de Área de Guayaquil;
- Supervisor de turno de la Oficina de Vigilancia Meteorológica de Guayaquil; and
- Supervisor de turno de la Oficina NOTAM Internacional de Guayaquil.
El Coordinador de la Gestión Interna de Servicios de Navegación Aérea, asume funciones como Director del Comité de Contingencias y es el responsable de la correcta ejecución del presente Plan de Contingencia, con el fin de garantizar la continuidad, regularidad y seguridad de las operaciones aéreas dentro de la FIR/UTA Guayaquil.
La base de operaciones del Comité de Contingencias se localizará en el Edificio de los Servicios para la Navegación Aérea SNA.
Avenida de las Américas S/N 2do Piso.
Guayaquil – Ecuador
Teléfonos: 593 4 2925760 / 593 4 22925606
593 2 2947400 Ext. 2161 - 2132
El Centro de Control de Área Guayaquil (ACC-Guayaquil) se encuentra ubicado en el Edificio de los Servicios para la Navegación Aérea SNA.
Avenida de las Américas S/N.
Guayaquil - Ecuador
AFTN: SEFGZQZX
Teléfonos: 593 4 2924219 / 593 4 2925495
593 2 2947400 Ext. 2130
REDDIG: 5060
La Oficina de Vigilancia Meteorológica de Guayaquil (OVM-Guayaquil) se encuentra ubicado en el Edificio de los Servicios para la Navegación Aérea SNA.
Avenida de las Américas S/N.
Guayaquil - Ecuador
AFTN: SEGUMAMX
Teléfonos: 593 4 2925782
593 2 2947400 Ext. 2116 - 2117
La Oficina NOTAM Internacional de Guayaquil (NOF-Guayaquil) se encuentra ubicado en el Edificio de los Servicios para la Navegación Aérea SNA.
Avenida de las Américas S/N.
Guayaquil - Ecuador
AFTN: SEGUYNYX
Teléfonos: 593 4 2924940
593 2 2947400 Ext. 2135



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