AD 1.1 Disponibilidad de aeródromos/helipuertos



Autoridad aeroportuaria

La autoridad responsable de la aprobación de los aeropuertos, aeródromos privados y helipuertos disponibles para el uso de la aviación civil es la Dirección General de Aviación Civil.

Dirección General de Aviación Civil
Buenos Aires Oe1-53 y 10 de Agosto
Quito - Ecuador
Dirección AFTN: SEQUYAYX
Teléfono: 593 2 2238928
Telefax: 593 2 2563995
E.mail: dirdac@imp.sat.net.ec

La gestión y explotación de los aeropuertos públicos y de aeródromos civil/militar esta a cargo de la Dirección General de Aviación Civil.

1. Condiciones de Disponibilidad

No se permite aterrizar a las aeronaves civiles empleadas en servicios aéreos internacionales en los aeródromos internacionales cuando no cuenten con la autorización de la Dirección General de Aviación Civil, excepto en casos especiales.

a) Aeropuertos públicos
En la sección AD 2 figuran las características técnicas y operativas de cada aeropuerto.
b) Aeródromos y helipuertos privados
Dichos aeródromos y helipuertos están disponibles únicamente para operación de vuelos privados previa autorización de su propietario y de la Dirección General de Aviación Civil, excepto en casos de emergencia.
Un listado de los mismos están publicados en la sección AD 1.3 del AIP.

2. Documentos aplicables de la OACI

Las normas y métodos recomendados de la OACI contenidos en el Anexo 14 se aplican de acuerdo a las características físicas existentes de los aeródromos.

3. Uso civil de bases aéreas militares

Sólo se puede utilizar las bases aéreas militares en Ecuador las aeronaves matriculadas en otro Estado si se ha obtenido autorización previa. El uso de bases aéreas militares como aeródromos de alternativa sólo puede hacerse, del mismo modo, cuando se ha obtenido autorización previa para hacerlo.

4. Operaciones de CAT I en los aeródromos

La publicación de que un aeródromo o pista está disponible para operaciones Categoría I significa que está debidamente equipado y se han determinado los procedimientos apropiados a dichas operaciones que se aplican cuando sea necesario.